Se estima que en el Perú se producen cada año
352 mil abortos inducidos, según un estudio realizado en el 2001 por Delicia
Ferrando (Centro Flora Tristán y Pathfinder International). Para 1994, un
estudio de Instituto Alan Guttmacher daba la cifra de 271.1 mil abortos. Es
decir, se ha producido un significativo incremento.
Se calcula, además, que se registra un aborto
por cada nacido vivo, que la probabilidad de las mujeres peruanas de 15 a 49
años de provocarse un aborto es de 5.2% y que solo el 14% de las mujeres que
tienen un aborto se hospitaliza.
El aborto ocupa el cuarto lugar como causa de
muerte materna (7%), según el Ministerio de Salud; sin embargo, numerosos
estudios sostienen que dentro de las muertes por hemorragias (60%) e
infecciones (13%) se encuentran subregistradas muchas muertes por aborto. En
consecuencia, si existiera un buen registro de las muertes maternas, el aborto
ocuparía posiblemente el primer lugar.
En el Perú, el aborto es ilegal y constituye
un delito contra la vida. El único caso de aborto no sancionado por la ley es
el que se realiza para salvar la vida de la mujer o evitarle un mal grave o
permanente.
En la Ley de Salud existe una norma legal que
obliga al personal médico a denunciar los casos en que existan indicios de
aborto. Esta disposición quiebra el principio de confidencialidad
médico-paciente.
Ante esta situación, las Naciones Unidas, a
través del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
(1995, 1998 y 1999) y a través del Comité de Derechos Humanos (1996) instó al
Estado peruano a revisar la legislación que contiene medidas punitivas para las
mujeres que abortan. Hace énfasis en que la criminalización del aborto no
desalentó esta práctica, sino más bien tuvo el efecto de hacer el proceso más
inseguro y peligroso para las mujeres.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario